Regulaciones
La partida de nacimiento de la medicina como profesión -en el sentido moderno de un grupo
ocupacional autorregulado, con facultad para determinar quién pertenece al mismo y cómo
debe comportarse- data del año 1140, cuando Rogelio de Sicilia estableció en su reino un
examen oficial obligatorio para ejercer la medicina, que entonces ya contaba con la
organización de su enseñanza en la Escuela de Salerno .
Tras otros ejemplos en el mismo sentido, como el de Montpellier, también prestigioso
centro médico, exactamente cien años más tarde (1240) Federico II, emperador del Sacro
Imperio Romano, promulga sus famosas leyes para el aprendizaje y ejercicio de la medicina
en las dos Sicilias, haciendo esta vez expresa apelación a la Escuela de Salerno.
Según tales regulaciones obligatorias para la práctica profesional, el médico debe tener
diploma universitario y licencia gubernamental, cursar tres años de estudio y realizar
un practicantado bajo la supervisión de un médico de experiencia, antes de ejercer
en forma independiente; la ordenanza alcanza también la cirugía y la farmacéutica,
autorizando en un caso las disecciones para el estudio de la Anatomía en la formación
de los cirujanos, y estableciendo en el otro un incipiente control de medicamentos.
Las facultades de medicina en las universidades medievales reglamentaron una carrera con
sucesivos grados académicos -bachiller, licenciado, doctor- que valían como "licencias"
o autorizaciones para el ejercicio profesional.
El espíritu corporativista Bajomedieval no se manifestó, sin embargo, en una medicina
profesionalizada de tipo gremial, mientras que los colegios médicos, como es sabido,
son creaciones de la modernidad. Los médicos nunca se identificaron con los gremios
existentes desde la Edad Media y que, según Max Weber, eran de dos tipos, el de mercaderes
y el de artesanos (las Gilden y las Zünfte como corporaciones urbanas para la protección
de los intereses laborales).
Los médicos tenían formación universitaria y carácter eclesiástico, por tanto poco en
común con los trabajadores manuales y los comerciantes, con la actividad artesanal
y mercantil. Justamente la salida de esta circunstancia resultó en la moderna colegiación,
como fue el caso del Royal College of Physicians de Londres, colegio y no gremio, real
y no municipal, con el que comienza otra historia de la profesión médica. (10).
Deóntica médica
Deóntica o deontología, teoría del deber, es el nuevo estatuto de la moral separada de la
ontología –teoría del ser-.
Su cometido es regular las relaciones científicas y políticas entre los médicos,
estableciendo un orden normativo que primariamente garantice el prestigio y los intereses
de la profesión.
Ethos profesional
Junto al orden médico se desarrolla la conciencia y la autoridad morales de la medicina;
el nacimiento de la profesión es también el de la deontología y la aparición terminológica
y conceptual de la "ética médica".
DOCUMENTOS DE DEONTOLOGIA MEDICA
ASOCIACION MÉDICA MUNDIAL
- CÖDIGOS, DECLARACIONES Y NORMAS -
DECLARACIÓN DE GINEBRA -1948-
"En el momento de ser admitido coMo miembro de la profesión médica:
Prometo solemnemente consagrar mi vida al servicio de la humanidad.
Otorgar a mis maestros los respetos, gratitud y consideraciones que merecen.
Ejercer mi profesión dignamente y a conciencia.
Velar solícitamente, y ante todo, por la salud de mi paciente.
Guardar y respetar los secretos a mí confiados.
Mantener incólume, por todos los conceptos y medios a mi alcance, el honor y las
nobles tradiciones de la profesión médica.
Considerar como hermanos a mis colegas.
Hacer caso omiso de credos políticos y religiosos, nacionalidades, razas y rangos
sociales, evitando que éstos se interpongan entre mis servicios profesionales y mi paciente.
Velar con sumo interés y respeto por la vida humana, desde el momento de la concepción,
y aún bajo amenaza no emplear mis conocimientos para contravenir las leyes humanas".
CÖDIGO INTERNACIONAL DE ËTICA MÉDICA -1949-
Deberes de los médicos en general
Al llevar a cabo su misión humanitaria, el médico debe mantener siempre una conducta moral
ejemplar y apoyar los imperativos de su profesión, hacia el individuo y la sociedad.
El médico no debe dejarse influir por motivos de ganancia meramente.
Las siguientes prácticas son estimadas no éticas:
a) Cualquier medio de reclamo o publicidad excepto aquellos expresamente autorizados
por el uso y la costumbre y el código de ética médica nacional.
b) Participar en un plan de asistencia médica en el cual el médico carezca de independencia
profesional.
c) Recibir cualquier pago en conexión con servicios, fuera del pago profesional aunque
sea con el conocimiento del paciente.
Todo procedimiento que pueda debilitar la resistencia física o mental de un ser
humano está prohibido a menos que deba ser empleado en beneficio del interés propio
del individuo.
Se aconseja al médico obrar con suma cautela al divulgar descubrimientos o técnicas
nuevas de tratamiento.
El médico debe certificar o declarar únicamente lo que él ha verificado personalmente.
Deberes de los médicos hacia los enfermos
El médico debe recordar siempre la obligación de preservar la vida humana desde el
momento de la concepción.
El médico debe a su paciente todos los recursos de su ciencia y toda su devoción.
Cuando un examen o tratamiento sobrepase su capacidad, el médico debe llamar a otro
médico calificado en la materia.
El médico debe, aún después que el paciente ha muerto, preservar absoluto secreto
en todo lo que se le haya confiado o que él sepa por medio de una confidencia.
El médico debe proporcionar el cuidado médico en caso de urgencia, como un deber
humanitario, a menos que esté seguro de que otros médicos pueden brindar tal cuidado.
Deberes de los médicos entre sí
El médico debe comportarse hacia sus colegas como él desearía que ellos se comportasen con él.
El médico no debe atraerse hacia sí los pacientes de sus colegas.
El médico debe observar los Principios de "La Declaración de Ginebra", aprobada por
la Asociación Médica Mundial.
DECLARACIÓN SOBRE ÉTICA EN MEDICINA
(Asociación Latinoamericana de Academias de Medicina) -Quito, 1983-
La Asociación Latinoamericana de Academias Nacionales de Medicina (ALANAM) considera
que la ética debe ser el marco conceptual de inspiración y de referencia
para todas las acciones concernientes a la formación, ejercicio y desarrollo de las
profesiones médicas. Ética y Medicina están ineludible e indisolublemente vinculadas
desde sus orígenes en la historia de todas las civilizaciones; la incesante evolución
de las formas de vida y de asociación humanas impone revisiones permanentes de enfoques
y normas.
Las instituciones médicas calificadas y, en especial, las Academias Nacionales de Medicina
tienen el deber de intervenir en la adopción de formulaciones conducentes a preservar
una ética irreprochable en las relaciones entre la profesión médica y la sociedad.
Esa intervención académica ha sido efectiva en todos los países representados en ALANAM,
aunque con significativas diferencias derivadas de la antigüedad institucional, prestigio,
posición oficial, estructuras legales nacionales, y hasta cierto punto, de los
condicionamientos sociales.
El progreso científico alcanzado en etapas sucesivas, desde la medicina predominantemente
clínica y el arrollador impulso tecnológico de las últimas décadas, deben ser concertados
de manera que el humanismo esencial que caracteriza a la profesión médica, no sea desvirtuado.
INTRODUCCIÓN: ÉTICA EN MEDICINA
Las Academias de Medicina insisten en la necesidad de conferir una acentuada orientación
social a las recomendaciones y normas sobre Ética en Medicina.
En este sentido, las normas y recomendaciones modernas de ética deberán primordialmente
acentuarse en las responsabilidades del médico, el que debe comprometerse solamente a
dedicar su vida al servicio del bienestar humano.
La ALANAM hace. suyas las declaraciones sobre Ética en Medicina aprobadas en distintas
reuniones por la Asociación Médica Mundial, así como por la Organización Mundial de la Salud.
Es deber del médico acudir al llamado de los pacientes, sin ninguna reserva,
cuando se trata de situaciones de emergencia que comprometen la vida, pero puede dejar
de hacerlo en casos rutinarios, cuando hay otro profesional idóneo disponible para
sustituirlo.
La actualización de los conocimientos es imperativo moral y legal que debe asumir
el médico mientras ejerce la profesión. Las organizaciones universitarias y profesionales
y las instituciones estatales, deben promover la educación médica continuada y, además,
estimular la creación y fortalecimiento de bibliotecas en los centros de trabajo médico.
Las instituciones empleadoras deben autorizar la utilización del tiempo de trabajo
contratado para el cumplirniento del objetivo anterior.
En lo relativo a los nuevos procedimientos derivados del progreso de la ciencia
y la tecnología biomédicas, como son los casos de la fecundación in vitro y la ingeniería
genética, ya que los principios éticos y los preceptos legales no están aún definitivamente
establecidos, corresponde a las Academias de Medicina mantener una permanente vigilancia
sobre su aplicación y repercusiones. En ningún caso, esos procedimientos deben aceptarse
cuando afecten potencialmente la identidad biológica del ser humano o la dignidad de la
especie.
Para la ejecución de trasplantes y substituciones artificiales de órganos o partes
del cuerpo, son imprescindibles normas legales inspiradas en principios éticos, las que,
sin apartarse del concepto integral que caracteriza a la persona humana, admiten que se
efectúe previa certificación documentada de la muerte cerebral del donante, en uno de los
casos con el consentimiento previo de éste y, en otros, con el de los familiares
o el de las instituciones responsables. En todos los casos, debe estar garantizada
la idoneidad de los procedimientos y la de sus ejecutores.
Hay consenso en que, establecida en forma fehaciente la muerte cerebral, no se justifican
las acciones excepcionales para prolongar las manifestaciones vitales de las estructuras
biológicas residuales, las que significan meramente una actividad vegetativa.
Por otra parte, en aquellos casos en que los indicadores clínicos e instrumentales revelan
situaciones insalvables o incompatibles con la dignidad de la persona humana,
queda al criterio del médico y de los familiares suspender los procedimientos extraordinarios.
En case de controversia se recurrirá al criterio de un consejo técnico.
Está establecido el concepto de que la vida humana comienza desde el momento
de la fecundación, cuando se recibe la codificación genética completa que confiere al huevo
el derecho a la vida individual, por lo que el aborto es, en principio, rechazado
por consideraciones éticas y no autorizado por muchas legislaciones.
En otras, se acepta el llamado "aborto terapéutico" por razones médico-sociales.
Debe respetarse en cualquier caso el abstencionismo del médico, por fuero de conciencia.
Desde el punto de vista ético, considerando que el cuerpo después de la muerte,
por respetable que él sea, es un elemento material desprovisto del carácter
de persona humana, es admisible el derecho individual de disponer qué se haga con el
propio cuerpo después de la muerte, así como el derecho social para la práctica regular
de las necropsias con fines científicos.
ÉTICA MÉDICA EN RELACIÓN A PERSONAS INDIVIDUALES
Las relaciones que se establecen entre el médico y el enfermo se basan en la confianza
inspirada no solamente en la competencia técnica profesional, sino también
en la probidad moral y la comprensión de los valores humanos.
Esto significa que el médico debe esforzarse por lograr, en cuanto sea posible,
la comprensión de los patrones espirituales y socioculturales de sus enfermos y, además,
proyectar y mantener su presencia más allá de lo estrictamente exigible de su
acción profesional. Comprensión y entrega son los requisitos que caracterizan el ejercicio
ético de la profesión.
Teniendo en cuenta la extensión y complejidad de la medicina contemporánea,
el médico está obligado a solicitar la colaboración de los especialistas
cuando el caso lo justifique, sin que esto signifique una transferencia
de la responsabilidad inicial del médico tratante. Debe también evitarse el exceso
de interconsultas.
El secreto profesional es una exigencia ética reconocida universalmente.
Conspiran contra ella: la intervención de personal auxiliar de diversa formación técnica,
los mecanismos administrativos que facilitan la difusión de las informaciones y, otras veces,
los imperativos legales.
No obstante, el acto médico es una "confianza que se entrega a una conciencia"
y debe ser escrupulosamente mantenido dentro de la más severa discreción.
Cuando se extienda el uso del sistema computarizado para la confección y el archivo de
historias clínicas, deberán adaptarse las medidas que preserven el secreto profesional.
En la medicinía moderna se observa el desarrollo creciente de las profesiones paramédicas
y del personal auxiliar, que resulta hoy imprescindible para la conformación
de los equipos de salud, no solamente en la medicina de grupo, sino también en
la individual y social. Compete al médico y a las directivas de las instituciones
de salud asegurar la idoneidad técnica y moral de los integrantes de estos equipos
y contribuir en lo posible a su formación y perfeccionamiento.
Las normas sobre Ética Médica están dadas en nuestros países, unas veces como legislación
nacional y otras como disposiciones emanadas de las organizaciones profesionales, tales
como Colegios Médicos, Federaciones u otras. Por tanto, no es posible homologarlas
en un estudio de conjunto.
En algunos países las Academias han influido, positivamente, en la elaboración de las normas
legales, y deberán permanecer atentas a su cumplimiento. La supervisión de la observancia
de los códigos de Ética Médica corresponde a la profesión médica.
Además, en la mayoría de las universidades y sociedades científicas existen Comisiones
de Ética que intervienen en ese control.
La investigación científica debe observar rigurosamente el postulado de que su objetivo
primario es el bienestar de los seres humanos. Como los medios para lograrlo son de diversa
índole y adoptan algunas veces mecanismos controvertidos,
las organizaciones mundiales de salud se han preocupado por recomendar normas a través
de congresos internacionales, de las cuales las más recientes son las promulgadas
por la Asociación Médica Mundial de Helsinki (1964) y Tokyo (1975), "Helsinki II".
Los principios de Helsinki II tienen vigencia en los países integrantes de ALANAM
y su vigilancia está confiada indistintamente al Estado, las Universidades
o los organismos gremiales, por medio de Comités de Etica.
Se destaca en dicha Declaración la distinción entre la investigación médica combinada
con la asistencia (investigación clínica) y la no terapéutica (investigación biomédica).
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